Sistema Tributario y Financiación del Sector Público

**Ingresos Públicos**

Los ingresos públicos son los fondos que recibe el Estado para cumplir sus objetivos presupuestarios. Se clasifican en:

  • Ordinarios: Obtenidos regularmente, como los tributos.
  • Extraordinarios: Deuda pública y venta de patrimonio público.

**Déficit Público**

El déficit público se produce cuando los ingresos públicos son inferiores a los gastos públicos. Cuando los gastos son menores que los ingresos, se denomina superávit público.

Los déficits pueden ser:

  • Coyunturales: Originados en recesiones, que generan desempleo y deuda pública.
  • Estructurales: Consecuencia de políticas keynesianas.

**Financiación del Déficit Público**

El déficit público se financia mediante:

  • Emisión de dinero: Genera inflación.
  • Obtención de créditos: Restringe el crédito al sector privado y aumenta los tipos de interés.
  • Emisión de deuda pública: Títulos (Letras, Obligaciones, Bonos) adquiridos por bancos.

**Sistema Tributario Español**

**Fuentes Tributarias**

La Constitución establece que todos deben contribuir a los gastos públicos según su capacidad económica, mediante un sistema tributario basado en la igualdad y sin alcance confiscatorio.

Los principios de aplicación son:

  • Residencia efectiva para impuestos personales.
  • Territorialidad para otros tributos.

La Ley General Tributaria regula el sistema tributario español.

**Clases de Tributos**

  • Tasas: Prestación de servicios o actividades en régimen de derecho público.
  • Contribuciones especiales: Beneficio o aumento de valor de bienes por obras o servicios públicos.
  • Impuestos: Negocios, actos o hechos que manifiestan la capacidad contributiva.
  • Exacciones parafiscales: Derechos, cánones y percepciones exigibles por entidades públicas.

**Clases de Impuestos**

  • Directos: Gravan la riqueza de las personas (IRPF, Impuesto sobre Sociedades).
  • Indirectos: Gravan el consumo de bienes y servicios (IVA, ITP, Impuestos especiales).

**Conceptos Fiscales Básicos**

  • Hecho imponible: Presupuesto jurídico o económico que origina la obligación tributaria.

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