Obligaciones del Alcalde (Artículo 61 EA)
El Artículo 61 del Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales establece las siguientes obligaciones especiales para los alcaldes:
- Control Jerárquico: Ejercer un control jerárquico permanente del funcionamiento de las unidades y del personal a su cargo.
- Cumplimiento de Planes y Normas: Asegurar el cumplimiento de los planes y la aplicación de las normas dentro de sus atribuciones.
- Ecuanimidad y Objetividad: Desempeñar sus funciones con ecuanimidad Seguir leyendo “Obligaciones y Atribuciones de Alcaldes y Gobiernos Regionales en Chile” »