Las Cooperativas de Crédito
Tienen el doble de naturaleza, son entidades de crédito y a la vez cooperativas, por tanto se rigen por la normativa referente ambas. Su fin es satisfacer las necesidades de los cooperativistas que se agrupan entorno a ella, pueden realizar las mismas operaciones que los bancos pero deben dar prioridad a sus socios. Los rendimientos que obtenga se deben repartir teniendo en cuenta las necesidades de la comunidad y el entorno que las rodea. Pueden ser de dos tipos: