El Problema de la Doble Imposición de Dividendos
Se considera que hay un exceso de gravamen producido por la doble imposición. Si solo existiera el IRPF, el impuesto sería: tpD. Donde tp representa el tipo impositivo del IRPF y D los dividendos percibidos por el socio.
Si coexisten IRPF e IS, el dividendo se reduce por el IS y el ahorro de la empresa: Bº – Sf = D. (1 – ts)D = D – tsD. El exceso de gravamen, en relación a la imposición única del IRPF, es: ts(1-tp)D.
Esto hace menos progresivo Seguir leyendo “Doble Imposición de Dividendos: Análisis y Soluciones” »