Ingresos ordinarios: contribuciones especiales (ej. Obras de urbanización): las contribuciones especiales se pagan si el ciudadano obtuviera un beneficio o incremento del valor de su patrimonio como consecuencia de la realización de una obra pública o el establecimiento o ampliación de servicios públicos. Por tanto, son beneficios que el ciudadano no ha solicitado
Ingresos ordinarios: impuestos: son tributos exigidos sin contraprestación, es decir, no hay relación bilateral, cuando el ciudadano Seguir leyendo “Naturaleza económica de los impuestos” »