1. CONCEPTO Y NATURALEZA:
Se entiende, en términos genéricos, por origen de las mercancías, el VÍNCULO GEOGRÁFICO existente entre una mercancía y el país del que se considera ha surgido (no del que viene una mercancía).
Artículo 4 (Código Aduanero Modernizado)
Definiciones
A los efectos del presente código, se entenderá por:
«Mercancías comunitarias»: las que respondan a alguno de los criterios siguientes:
a) se obtengan enteramente en el territorio aduanero de la Comunidad y no incorporen Seguir leyendo “Origen de las mercancías” »