Clasificación de las Empresas
Dada la inmensa variedad de empresas, es imposible utilizar un solo criterio para su clasificación. Por ello, se recurre a una serie de criterios generalizados, entre los que destacamos:
Según la Propiedad o Titularidad del Capital
- Empresa privada: El capital es propiedad de particulares. Dentro de esta categoría, existen dos posibilidades:
- Individual: La propiedad pertenece a una sola persona.
- Social: La propiedad está repartida entre dos o más personas, denominadas socios (copropiedad).
- Empresa pública: El capital pertenece en su totalidad al Estado o a una entidad de carácter público, o de forma parcial pero con influencia decisiva en la gestión.
Según su Tamaño
No existe un criterio único respecto al indicador más significativo para determinar el tamaño de una empresa. Sin embargo, los más utilizados son: el número de trabajadores, la cuantía del capital, el volumen de producción, la cifra de ventas y el valor añadido.
Tipo de Empresa | Nº de Trabajadores | Activo Neto | Volumen de Ventas |
Microempresa | 1 a 9 | ||
Pequeña | 10 a 50 | Menos de 200 | Menos de 850 |
Mediana | 50 a 250 | De 850 a 1750 | |
Grande | Más de 250 |
Según el Sector de Actividad
- Empresas agrícolas y pesqueras: Explotan los recursos naturales.
- Empresas extractoras y mineras: Vinculadas con actividades de explotación del subsuelo.
- Empresas industriales: Realizan un proceso de transformación de inputs en outputs.
- Empresas de servicios: Su componente esencial es la actividad y el trabajo de las personas.
Según el Ámbito Geográfico
- Nacionales: Operan dentro del ámbito estatal.
- Locales: Realizan su actividad dentro de una ciudad o pueblo.
- Regionales: Su marco de actuación se circunscribe a una región o comunidad autónoma.
- Multinacionales: Rebasan los límites geográficos de una nación y extienden sus actividades a dos o más países.
Según su Naturaleza Jurídica
- Empresario individual: Organización dedicada a la producción de bienes o servicios para el mercado, ejercida por una persona y sin puesta de bienes en común.
- Empresa Social: Contrato por el cual dos o más personas se obligan a poner en común bienes, industria o alguna de estas cosas, para obtener lucro.
Entre los tipos de sociedades, destacan:
- Sociedades Civiles: Contrato por el cual dos o más personas se obligan a poner en común dinero, bienes o industria, con ánimo de repartir entre sí las ganancias.
- Sociedades Mercantiles: El empresario social o colectivo. Se puede definir como aquel contrato en el que se produce la reunión de personas o bienes o industria con la finalidad de obtener un lucro. Una vez constituida e inscrita en el registro, tendrá plena personalidad jurídica en todos sus actos y contratos.
Clases de sociedades mercantiles:
- Sociedad Colectiva: Sociedad personalista dedicada, en nombre colectivo y bajo el principio de la responsabilidad personal, ilimitada y solidaria de los socios, a la explotación de su objeto social.
- Sociedad Comanditaria: Sociedad personalista dedicada, en nombre colectivo y con responsabilidad limitada para unos socios (comanditarios) e ilimitada para otros (colectivos), a la explotación de su objeto social.
- Sociedad Anónima: Sociedad mercantil en la que el capital está dividido en acciones, siendo el mínimo exigido de 60.101,21€, y en la que los socios no responden de las deudas sociales con su patrimonio personal.
- Sociedad de Responsabilidad Limitada: Sociedad mercantil, cualquiera que sea su objeto, cuyo capital, no inferior a 3.005€, está dividido en participaciones acumulables e indivisibles que no pueden incorporarse a títulos negociables ni denominarse acciones y cuyos socios están exentos de responsabilidad personal por las deudas sociales.
- Sociedad Limitada Nueva Empresa: Especialidad de la sociedad limitada, simplificada y adaptada al tamaño de las pequeñas empresas, para facilitar su creación (pensada para microempresas y empresarios individuales).
- Sociedad Laboral: Sociedades anónimas o de responsabilidad limitada en las que la mayoría del capital social es propiedad de trabajadores que presten en ellas servicios retribuidos de forma personal y directa, cuya relación laboral sea por tiempo indefinido, podrán obtener la calificación de Sociedad Laboral cuando concurran los requisitos establecidos en la Ley 4/1997.
- Sociedades Cooperativas de Trabajo Asociado: Asociación de personas físicas o jurídicas que, teniendo intereses o necesidades comunes, desarrollan una actividad empresarial imputándose los resultados económicos a los socios, una vez atendidos los fondos comunitarios.
- Otras Formas Sociales: Agrupaciones de Empresas: UTE (Uniones Temporales de Empresas), SA Europea y Agrupaciones Europeas de Interés Económico (AEIE).
Marco Jurídico de la Actividad Empresarial
Para ofrecer una visión clara y específica de la normativa que regula el mundo empresarial, debemos hablar tanto del Derecho Mercantil como del Derecho Fiscal, haciendo hincapié en las obligaciones relativas a la creación y funcionamiento de las empresas, y en las obligaciones tributarias más corrientes a las que están sujetos los empresarios.
El Derecho Mercantil es la parte del Derecho que regula la actividad económica que desarrolla un empresario, y el Código de Comercio es su principal marco legislativo.
El Derecho Mercantil se dedica al tratamiento de la empresa, el empresario, la tipología empresarial, la contabilidad, la publicidad y la protección de la actividad empresarial.
El empresario tiene una serie de responsabilidades sociales y normas a las que debe adaptarse:
- Contables: El empresario debe llevar una contabilidad adecuada a la actividad de su empresa, así como un libro de actas (en sociedades mercantiles).
- Competencia y publicidad: La ley sanciona las conductas que pueden impedir, restringir o falsear la competencia e impide abusar de la posición dominante de una empresa.
- Propiedad industrial y defensa de los consumidores: Se establecen leyes para los creadores de nuevos inventos, permitiendo su utilización, previamente patentados. El consumidor está protegido y, en caso de daño, puede ser indemnizado por daños y perjuicios.
- Registro Mercantil: Organismo del Estado dependiente del Ministerio de Justicia. Tiene la función de inscribir a las empresas, legalizar sus libros e inscribir a los apoderados nombrados por ellas.
El Derecho Fiscal surge por la necesidad del Estado de obtener ingresos para cubrir los gastos públicos. Estos ingresos públicos provienen de los tributos (tasas, contribuciones e impuestos).
La parte más importante se implementa por los impuestos: directos (recaen por haber obtenido un beneficio o por el uso de un bien adquirido) e indirectos (se pagan cuando se adquiere un producto o servicio).
Los más destacados son (directos): el impuesto de la renta sobre las personas físicas, el impuesto de sociedades, el impuesto de actividades económicas, los impuestos sobre transmisiones patrimoniales y (indirecto) el impuesto sobre el valor añadido.
Entorno Económico-Social y Entorno Específico de la Empresa
La empresa es un sistema abierto y autorregulado, lo que significa que interacciona constantemente con su entorno (o marco externo), y modifica su conducta para adaptarse a él. La empresa no solo recibe influencias de su entorno, sino que también influye sobre él. Se debe distinguir entre el entorno general y el entorno específico:
- Entorno General (o Genérico): Conjunto de circunstancias que afectan de forma similar a todas las empresas de una economía. Incluye, por ejemplo, la inflación o la legislación laboral.
- Entorno Específico: Conjunto de circunstancias que afectan de modo especial a una empresa, o a las empresas de un determinado sector y/o lugar. Por ejemplo: la meteorología para las empresas hosteleras, o el precio del gasóleo para las de transporte por carretera.
Según Michael E. Porter, la posición de una empresa dentro de su sector de actividad viene determinada por cinco fuerzas competitivas básicas:
- La rivalidad existente con las empresas ya instaladas en el sector, que depende de su grado de concentración y de madurez, de la política de defensa de la competencia, etc.
- La amenaza de incorporaciones potenciales en el sector, que será mayor cuanto menores sean las barreras a la entrada en la industria (tanto técnicas como legales).
- El poder de negociación de los proveedores, suministradores y trabajadores, esto es, su capacidad para imponer a la empresa sus condiciones al negociar los precios de los insumos, los bienes de equipo y los salarios.
- El poder de negociación de los clientes y consumidores, esto es, su capacidad para imponer a la empresa las condiciones de venta de sus propios productos.
- La presencia (o expectativa de aparición) de productos sustitutivos y complementarios del ofrecido por el sector, que será mayor en los sectores más avanzados tecnológicamente.