Tipos de empresas y su clasificación: Guía completa

Elementos de la empresa

Todas las empresas tienen una serie de elementos para funcionar correctamente:

  • Elemento humano: Son las personas que tienen una relación directa con la empresa (directores, trabajadores).
  • Elementos materiales: Son los bienes propiedad de la empresa. Se clasifican en:
    • Capital fijo (activo no corriente): Son bienes vinculados de manera duradera a la empresa.
    • Capital circulante (activo corriente): Permanecen un corto plazo dentro de la empresa. Son los productos de almacén.
  • Organización: Son el conjunto de relaciones de autoridad, coordinación y comunicación de la empresa. Es establecida por la dirección o empresario de la empresa. Una buena organización permite que se alcancen mejor los objetivos.
  • Entorno: Son aquellos factores exteriores que condicionan la actividad de la empresa.

Funciones de la empresa

Las empresas llevan a cabo diversas funciones. Teniendo en cuenta estas funciones, la empresa se divide en distintas áreas funcionales o departamentos:

  • Área comercial: Se encarga de la venta y de todas las actividades necesarias.
  • Área de producción: Se dedica a convertir las materias primas en productos terminados.
  • Área de inversión: Consiste en captar los fondos de dinero necesarios para el funcionamiento de la empresa. Además, se dedica a la inversión, es decir, aplicar los bienes y servicios necesarios para la empresa.
  • Área de recursos humanos: Se encarga de todas las actividades relacionadas con el personal de la empresa.
  • Área de aprovisionamiento: Se encarga de la compra de los materiales que necesita el almacén y de la gestión del almacén. Normalmente esta actividad la realiza el área de producción.

El entorno de la empresa

Uno de los principales componentes de la empresa es el marco externo o interno en el que desarrolla su actividad. Podemos clasificar el entorno en:

Entorno general

Afecta a todas las empresas en general y puede ser:

  • Factores políticos y legales: Son todas las medidas que forman los gobiernos en la política económica y las leyes que establecen y afectan a las empresas.
  • Factores económicos: La situación económica que vive el país y el lugar donde la empresa ocupa el lugar favorece o no a la empresa.
  • Factores socioculturales: Se refiere a las costumbres y nivel educativo del lugar donde está ubicada la empresa.
  • Factor tecnológico: Los cambios y avances tecnológicos afectan a la actividad de la empresa.

Entorno específico

Son aquellos elementos que afectan de manera concreta a cada una de las empresas.

  • Proveedores y suministros: Están relacionados con una empresa en concreto.
  • Clientes: Adquieren los productos que la empresa vende. La empresa tiene que adaptarse a la situación del cliente.
  • Competidores.
  • Bancos o instituciones de crédito: La empresa tiene directa relación con el banco, siempre tiene cuentas corrientes, nóminas domiciliarias, préstamos.
  • Administraciones públicas: Tienen que tener relación con los organismos públicos.

La empresa y las TIC

El nuevo entorno para las empresas cuenta con tres elementos básicos:

  • Globalización: Todas las economías de todos los países están relacionadas.
  • Economía de la comunicación y el conocimiento: La comunicación y la innovación mejoran la productividad de la empresa.
  • Uso de internet: Internet ha cambiado la actividad de las empresas, mejora la comunicación, mejora las posibilidades de inversión y financiación e incrementa la productividad laboral.

Los cambios producidos por internet en la gestión empresarial se concretan en:

  • Relación cliente-proveedor: La comunicación con los clientes y proveedores es más rápida y barata.
  • Banca electrónica: La empresa puede realizar las gestiones bancarias desde su ordenador.
  • Información y asesoría.

El empresario

Evolución histórica

En la actualidad, la figura del empresario varía en función del tamaño de la empresa. Las PYME son de carácter familiar y el empresario es a la vez propietario y quien la dirige. En las grandes empresas, los propietarios del capital y los dirigentes son personas diferentes. Los dirigentes son personas profesionales.

Existen dos tipos de empresarios:

  • Empresario profesional: Gestiona y administra la empresa sin ser el dueño (está cualificado).
  • Empresario patrimonial: Aporta capital y dirige la empresa (tiene experiencia).

Funciones del empresario

  • Planificar: Buscar o fijar objetivos de la empresa.
  • Gestionar: Dirigir los elementos para alcanzar los objetivos.
  • Organizar: Coordinar los elementos para conseguir un mejor funcionamiento.
  • Controlar: Controlar consiste en comprobar si se cumplen los objetivos ya marcados.

Clases de empresas

Según el tamaño

Hay distintos criterios para clasificar empresas:

  • Según su tamaño pueden ser:
    • Pequeñas
    • Microempresas
    • Medianas
    • Grandes.

Para clasificar la empresa podemos tener en cuenta:

  • Número de trabajadores.
  • Facturación o ventas.
  • Activos: bienes y derechos que posee la empresa.

Según su actividad o sector económico

Nos referimos a los 3 grandes sectores en los que se divide la actividad económica.

  • Sector primario: Agricultura, ganadería, pesca y minería. Producen y extraen recursos naturales.
  • Sector secundario: Industria y construcción. Transforman los recursos en productos.
  • Sector servicio o terciario: Incluye actividades como el comercio, asesoría, hostelería, educación… No venden productos, prestan servicios. Cada vez este sector tiene más importancia.

Tercerización

Empresas del sector secundario contratan a personas del sector terciario para limpieza, mantenimiento. Esto se le llama tercerización.

Según la titularidad del capital

Hay tres tipos:

  • Empresa privada: Son propiedades de particulares (Danone, Zara, Coca-Cola).
  • Empresa pública: Son propiedades del estado (Correos).
  • Empresa mixta: Son propiedades en parte del estado y en parte de particulares.

Según su forma jurídica

La normativa legal establece una gran variedad de formas jurídicas que pueden elegir los promotores de una empresa. Las características fundamentales de cada forma jurídica son:

  • Nombre o razón social (denominación).
  • El capital mínimo inicial: es el mínimo necesario para iniciar una actividad.
  • Se puede aportar bienes y dinero.
  • Responsabilidad:
    • Limitada: solo arriesgan el capital invertido.
    • Ilimitada: arriesgan todo su patrimonio (el personal también).
  • Gestión y dirección.
  • Tributación (impuestos):
    • IRPF: empresario individual.
    • Impuesto de sociedades.
  • Requisitos.

Según su ámbito de actuación (geográfico)

  • Locales: localidad.
  • Nacionales: nación.
  • Multinacionales.

Según el tipo de mercado

Competencia imperfecta

  • Monopolio: Hay solo un oferente y muchos demandantes. Las barreras de entrada son muy limitadas.
  • Oligopolio: Pocos oferentes y muchos demandantes. Las barreras de entrada también están limitadas.
  • Competencia monopolista: Es la más frecuente. Hay muchos oferentes y muchos demandantes, pocas barreras de entrada y productos diferenciados. Las empresas intentan diferenciar sus productos para aumentar las ventas.

Competencia perfecta

Existen muchos oferentes y muchos demandantes, pocas barreras. En la práctica ya no se usa. No existe.

Tipos de empresas

Empresa individual

Es una persona física que realiza una actividad comercial, industrial o profesional. Los requisitos son: ser mayor de edad con plena disponibilidad de sus bienes o también menores de edad emancipados. También menores o discapacitados por medio de representantes legales.

Características:

  • El capital no existe. No hay un mínimo para iniciar la actividad, será por tanto el necesario para los primeros gastos.
  • La responsabilidad es limitada. El empresario deberá responder con todo su patrimonio presente y futuro a las deudas contraídas por su empresa.
  • La gestión y representación corresponde al propio empresario.
  • El nombre o razón social o denominación social será el nombre del titular o propietario. También puede tener un nombre comercial, pero el oficial es el nombre del titular.
  • La tributación: el empresario individual tributa a través del IRPF.
  • Para crear la empresa no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil.

Ventajas e inconvenientes:

Ventajas:

  • Es la forma más sencilla de crear una empresa.
  • El empresario puede tener plena autoridad.

Riesgos:

  • El empresario asume todos los riesgos.
  • Responde con todos los bienes a las deudas de la empresa.
  • Dificultad de obtener dinero.

Empresa sociedad

Son un tipo de empresa con personalidad jurídica (la personalidad de la empresa es diferente a la personalidad de sus dueños).

Sociedades mercantiles

Están formadas por varias personas o socios que ponen en común dinero o bienes para desarrollar una actividad empresarial con el objetivo de obtener beneficios que se reparten entre ellos.

Sociedades personalistas

Lo importante son los socios, las personas que la forman y gestionan la empresa.

Sociedad colectiva

Es una sociedad mercantil personalista en la que los socios aportan capital y trabajo. Tienen las siguientes características:

  • Nº de socios: 2 o más. No hay número máximo. En general suelen ser pequeñas.
  • No existe capital mínimo para su creación.
  • Puede haber dos tipos de socios:
    • Socios colectivos: aportan capital y trabajo y además gestionan la empresa y toman las decisiones más importantes.
    • Socios industriales: aportan solamente trabajo y no intervienen en la gestión.
  • La condición de socio no puede transmitirse libremente, es necesario el consentimiento de los demás.
  • Responsabilidad de los socios:
    • Socios colectivos: tienen responsabilidad ilimitada, personal y solidaria.
    • Socios industriales: no tienen responsabilidad para cubrir las posibles pérdidas o deudas de la empresa.
  • Razón social: debe aparecer el nombre de todos o algunos de los socios seguido de la expresión «y compañía». En ambos casos debe ir seguido de «Sociedad Colectiva» o «S.C.».
  • Tributación: esta sociedad tributa por el Impuesto de Sociedades.
  • Constitución: es necesario registrarla mediante escritura pública en un notario.
Sociedad comanditaria (sociedad mercantil personalista)
  • Número de socios: 2 o más, uno comanditario y otro colectivo.
  • No hay capital mínimo.
  • Hay dos tipos de socios:
    • Socio colectivo: aportan capital, trabajo y gestión.
    • Socio capitalista: solo pone dinero.
  • Responsabilidad:
    • Colectiva: ilimitada, personal y solidaria.
    • Capitalista: limitada al capital aportado.
  • Razón social: es el nombre o nombres de varios socios seguido de «y compañía» y seguido de «S. en C.» o «S.Com.».
  • Esta sociedad tributa en el Impuesto de Sociedades.
  • Para constituir la sociedad es necesaria la escritura pública en un notario y la inscripción en el Registro Mercantil.
Sociedades capitalistas
Sociedad comanditaria por acciones

Tiene las mismas características que la sociedad comanditaria, excepto en dos cosas:

  • La participación de los socios capitalistas o comanditarios (solo aportan capital) está representada por acciones, por lo que se le aplica la ley de S.A.
  • Tiene un capital mínimo de 60.101,21€.
  • La razón social es cualquier nombre y «Sociedad Comanditaria por Acciones» o «S.Com.p.A.».
Sociedad Limitada

Es una sociedad mercantil de carácter capital cuyo capital está dividido en participaciones en las que los socios tienen responsabilidad limitada al capital aportado.

  • Número de socios: a partir de uno o más. Cuando hay un solo socio se llama S.L. Unipersonal.
  • Capital social mínimo: para su creación son 3.005,06€. Debe estar totalmente suscrito y desembolsado. Se puede aportar, además de dinero, bienes y derechos.
  • Razón social: es cualquiera seguido de «Sociedad Limitada» o «S.L.» o «S.R.L.».
  • La constitución de la empresa: escritura pública en un notario e inscripción en el Registro Mercantil. En la escritura se deben incluir los estatutos de la sociedad.
  • Órganos de gestión de la S.L.:
    • Junta general de socios: es el órgano de deliberación y decisión. Es el órgano más importante de la sociedad en el que se representan todos los socios. Sus funciones principales son controlar la gestión de la sociedad, nombrar y destituir a los administradores, aprobar las cuentas anuales y distribuir el resultado. También se pueden modificar los estatutos. Son las reuniones de los participantes en las que se ponen de acuerdo por mayoría.
    • Administradores: pueden ser socios o no. Se encargan de la gestión de la empresa y son elegidos por la junta general. Ejercen la representación legal de la sociedad. La gestión se puede encargar a un solo administrador o a varios (consejo de administración).
  • Derechos de los socios:
    • Derecho a participar en el reparto del beneficio y en el reparto del patrimonio en caso de liquidación.
    • Derecho preferente en la compra de participaciones.
    • Derecho a voto en la junta general, tienen derecho a la participación en la toma de decisiones.
    • Derecho a la información.
  • Ventajas e inconvenientes: es un tipo de sociedad muy frecuente. Está pensada para pequeñas y medianas empresas. Su principal ventaja es la responsabilidad limitada de los socios, es decir, los socios no arriesgan su patrimonio personal, sino solo lo que han aportado.
Sociedad limitada nueva empresa

Se ha creado para facilitar la constitución de pequeñas empresas de forma rápida y fácil. La creación se realiza en 48 horas por internet.

  • Número de socios: de uno a cinco socios.
  • Responsabilidad limitada.
  • Capital de 3.012€ a 120.202€. Solo se puede aportar dinero y el capital está dividido en participaciones.
  • Nombre o razón social: debe ser dos apellidos y nombre de uno de los socios fundadores, un código alfanumérico y «SLNE».
  • Tributación: Impuesto de Sociedades.
  • Constitución: DUE (Documento Único Electrónico).
Sociedad Anónima

Es una sociedad capitalista que se adapta a las necesidades de las grandes empresas. Tiene responsabilidad limitada y su capital se divide en partes alícuotas o iguales llamadas acciones.

  • Número de socios: 1 o más. Si hay un solo socio se llama unipersonal.
  • Responsabilidad limitada.
  • Capital mínimo: es de 60.101,21€. El capital está dividido en acciones. Se puede aportar dinero, bienes y derechos. El capital debe estar totalmente suscrito y desembolsado al menos en un 25%.
  • Razón social o nombre: deberá ser cualquiera más «S.A.».
  • Tributación: Impuesto de Sociedades.
  • Constitución: inscripción en el Registro Mercantil y escritura pública con los estatutos.
  • Órganos de la sociedad: las sociedades anónimas tienen dos órganos principales:
    • Junta general: reunión de los socios donde se decide por mayoría sobre cuestiones importantes para la sociedad. Existen tres tipos de juntas generales:
      • Ordinaria: se reúnen en los primeros 6 meses del año y aprueban las cuentas anuales y el reparto de beneficios.
      • Extraordinaria: se convoca para tratar asuntos de carácter urgente.
      • Junta universal: cuando están todos los socios.
    • Administradores: pueden ser socios o no de la S.A. Pueden ser un solo administrador (administrador único) o varios (consejo de administración). Se encargan de gestionar la sociedad y son elegidos en la junta general de accionistas.
  • Derechos de los accionistas:
    • Participar en los beneficios y en el patrimonio resultante en caso de liquidación.
    • Derecho preferente de suscripción (compra) en la emisión de acciones nuevas.
    • Asistencia y voto en la junta general.
    • Derecho a la información.
Sociedad laboral

Son sociedades anónimas o limitadas en las que la mayoría de los socios trabajan (al menos el 51% del capital social).

  • Número de socios: mínimo 3, de los cuales 2 tienen que ser trabajadores. Ningún socio puede poseer acciones o participaciones que representen más de la tercera parte del capital.
  • Capital mínimo: está dividido en acciones en las anónimas y en participaciones en las limitadas. Existen dos clases de acciones y participaciones:
    • Clase laboral: participaciones de socios trabajadores.
    • Clase general: participaciones de los socios no trabajadores.
  • Se pueden contratar trabajadores que no sean socios, pero las horas trabajadas por estos no pueden superar el 15% de las horas trabajadas por los socios trabajadores.
  • Razón social o nombre: cualquier nombre seguido de «S.A. Laboral» o «S.L. Laboral».
  • Para transmitir las acciones y participaciones, los socios trabajadores tienen preferencia sobre los trabajadores con contrato indefinido que no sean socios.
  • Constitución: escritura pública en un notario con los estatutos, inscripción en el Registro Mercantil e inscripción en el Registro de Sociedades Laborales de la comunidad autónoma correspondiente.
  • Tributación: Impuesto de Sociedades.
Sociedad de interés social

Se trata de un tipo de sociedad cuyo objetivo principal no es obtener beneficios, sino satisfacer las necesidades de sus socios.

Sociedad cooperativa

Son sociedades de personas con intereses y necesidades comunes que se unen para realizar una actividad empresarial. No tienen ánimo de lucro y basan su funcionamiento en principios democráticos.

  • El capital social mínimo se fija en los estatutos. Se divide en aportaciones y es variable (varía con el alta y baja de socios).
  • Los socios tienen responsabilidad limitada al capital aportado. Sin embargo, en los estatutos se puede cambiar la responsabilidad.
  • Una persona, un voto.
  • Existen dos clases de socios:
    • De primer grado: formada por personas. El número de socios oscila entre 3 y 5. En Andalucía tiene que tener un mínimo de 3.
    • De segundo grado: los socios son cooperativas. El mínimo es 2. Una cooperativa se une a otra cooperativa.
  • Razón social: se le pone cualquier nombre seguido de «S. Coop.» o «Sociedad Cooperativa».
  • No tienen ánimo de lucro, los beneficios se llaman excedentes y suelen reinvertirse en la cooperativa.
  • La constitución: escritura pública en notario y también se registran en el Registro General de Cooperativas.
  • La tributación: Impuesto de Sociedades.
  • Órganos de las cooperativas:
    • Asamblea general: es la reunión de todos los socios. Es el órgano máximo de gobierno de las cooperativas. Se delibera y se toman los acuerdos necesarios.
    • Consejo rector: es el órgano de gestión y representación de las sociedades. Debe haber interventores que vigilen y controlen las cuentas anuales de las cooperativas.
    • Comité de recursos: se encarga de tramitar y resolver recursos contra las sanciones de los socios.

Tipos de cooperativas: Las cooperativas pueden ser de diversos tipos, como por ejemplo de viviendas, educación, servicios…

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