Tipos de Sociedades Mercantiles en España

Tipos de Sociedades Mercantiles en España

Sociedades Personalistas

(El socio es lo más importante)

  • Sociedades Colectivas
  • Sociedades Comanditarias

Sociedad Colectiva

  • Capital: Sin límite legal.
  • Número mínimo de socios: 2 (uno capitalista (dinero) y otro industrial (trabajo)).
  • Requisitos de constitución: Escritura pública y registro mercantil.
  • Responsabilidad: Socios capitalistas: ilimitada. Socios industriales: no tienen responsabilidad.
  • Administración: 1. Todos los socios. 2. Algunos socios capitalistas.
  • Impuesto: Impuesto de Sociedades.
  • Otras características: Nombre de los socios, razón social, capital que aporta cada socio, Seguridad Social (RETA), transmisión a terceras personas: consultar con los socios, a familiares: libre.

Sociedad Comanditaria

  • Capital: Sin límite legal.
  • Número mínimo de socios: 2 (uno colectivo (trabajo) y otro comanditario (dinero)).
  • Requisitos de constitución: Escritura pública y registro mercantil.
  • Responsabilidad: Socios colectivos: ilimitada. Socios comanditarios: limitada.
  • Administración: 1. Todos los socios. 2. Algún socio (los comanditarios ni representan ni administran).
  • Impuesto: Impuesto de Sociedades.
  • Otras características: Transmisión: socios colectivos: consentimiento de la sociedad; socios comanditarios: libre transmisión.

Sociedades Capitalistas

(Lo más importante es el capital aportado)

  • Sociedades Comanditarias por Acciones
  • Sociedades de Responsabilidad Limitada
  • Sociedades Anónimas

Sociedad Comanditaria por Acciones

  • Capital: 60.000 €.
  • Número mínimo de socios: 2.
  • Requisitos de constitución: Escritura pública y registro mercantil.
  • Responsabilidad: Limitada.
  • Administración: Junta General y administradores.
  • Impuesto: Impuesto de Sociedades.
  • Otras características: Constitución y libre transmisión.

Sociedad de Responsabilidad Limitada

  • Capital: 3.000 € en participaciones, totalmente suscrito y desembolsado (no cotizan en bolsa).
  • Número mínimo de socios: 1.
  • Requisitos de constitución: Escritura pública, registro mercantil, certificación negativa de nombre.
  • Responsabilidad: Limitada.
  • Administración: Junta General y administradores.
  • Impuesto: Impuesto de Sociedades.
  • Libros contables: Tienen obligación de constituir una reserva del 10% cada año.
  • Otras características: Constitución. Transmisión libre entre familiares, a terceras personas: comunicar a la sociedad.

Sociedad Anónima

  • Capital: 60.000 € en acciones, 100% suscrito y 25% desembolsado (cotiza en bolsa, 1 acción = 1 voto).
  • Número mínimo de socios: 1.
  • Requisitos de constitución: Escritura pública, registro mercantil y certificación negativa de nombre.
  • Responsabilidad: Limitada.
  • Administración: Decisiones: Junta General. Gestión: administradores.
  • Impuesto: Impuesto de Sociedades.
  • Libros contables: 1. Libro de inventarios y cuentas anuales. 2. Libro diario. 3. Depósito de cuentas anuales en el Registro Mercantil. Tienen obligación de constituir una reserva del 10% cada año.
  • Otras características: Constitución. Libre transmisión, salvo que se indique lo contrario en los estatutos (pero los socios tienen preferencia en la compra).

Sociedades de Economía Social

(Democráticas) (Aparte de los beneficios económicos se prima el fomento del empleo y la participación en la gestión)

  • Sociedades Laborales (S.A.L. y S.L.L.)
  • Sociedades Cooperativas

Sociedades Laborales

  • Capital: S.A.L.: 60.000 € en acciones, 100% suscrito, 25% desembolsado. S.L.L.: 3.000 € en participaciones, todo desembolsado. Ningún socio puede superar el [porcentaje] del capital social.
  • Número mínimo de socios: 3 (2 trabajadores y 1 no trabajador). El 51% del capital tiene que ser para los trabajadores. Los trabajadores deben tener contrato indefinido y jornada completa.
  • Requisitos de constitución: Escritura pública, registro mercantil, certificación negativa de nombre, calificación como laboral por el Ministerio de Trabajo y Economía Social (MTESS) e inscripción en el Registro de Sociedades Laborales.
  • Responsabilidad: Limitada.
  • Administración: Junta General y administradores.
  • Impuestos: Impuesto de Sociedades. Ventajas fiscales (bonificaciones y reducciones).
  • Otras características: Los trabajadores se inscriben en el Régimen General de la Seguridad Social (RGSS). Transmisión: S.A.L.: libre; S.L.L.: familiar: libre, a terceras personas: comunicar a la sociedad. Estatutos.

Sociedad Cooperativa

  • Capital: Se fija en los estatutos.
  • Número mínimo de socios: Cooperativas de primer grado: 3 socios. Cooperativas de segundo grado: dos cooperativas. Ningún socio puede superar el [porcentaje] del capital social.
  • Requisitos de constitución: Escritura pública, registro mercantil, certificación negativa de nombre, calificación por el MTESS e inscripción en el Registro de Cooperativas.
  • Responsabilidad: Limitada (si un socio causa baja, tiene responsabilidad personal durante 5 años y responde con el límite de su aportación).
  • Administración: Asamblea General de socios y Consejo Rector.
  • Impuesto: Impuesto de Sociedades en régimen especial. Ventajas fiscales (bonificaciones y reducciones). Tipos: cooperativas protegidas y cooperativas especialmente protegidas.
  • Otras características: Constitución. Transmisión: libre, socios de baja voluntaria. La admisión de socios se realiza mediante solicitud por escrito al Consejo Rector. Obligaciones: participar en todas las actividades de la cooperativa y aceptar los cargos para los que son elegidos. Excedente cooperativo: el 50% del beneficio se destina a constituir un fondo social.

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