Ventanilla Única para Emprendedores: Trámites y Procedimientos

Ventanilla única: centros presenciales o portal virtual que de forma tutorizada, informan y ayudan a los emprendedores en todos los trámites legales que requiere la constitución y la puesta en funcionamiento de una empresa o proyecto. Es una iniciativa conjunta de todas las administraciones públicas (estatal, comunidad autónoma y local) y las cámaras de comercio.* Hacienda Pública.* Seguridad Social.* Ministerios y otras instituciones.M. Industria y Energía. Registro Propiedad Industrial.Notaría, Registros y otros.

· Las funciones del Ayuntamiento en relación a la constitución de la empresa son:

  • Función de ‘policía’: Proteger el medio ambiente y la seguridad ciudadana y de las instalaciones.
  • Función de promoción: De infraestructura industrial, asesoramiento, subvenciones y promociones.
* Los trámites relativos al inicio de la actividad:
  • Licencia de Apertura.
  • Licencias de Obras, si procede.
  • Alta en el Impuesto de Bienes Inmuebles (I.B.I.)
Hacienda Pública (AEAT):
  • Su función es la de controlar fiscalmente el inicio y el desarrollo de las actividad empresarial.
  • Los trámites más importantes son:
  • Solicitud de número de identificación o código de identificación fiscal (N.I.F o C.I.F.).
  • Alta en el impuesto de actividades económicas (I.A.E.).
  • Legalización de los libros de hacienda (libro de facturas recibidas y facturas emitidas).
  • Alta en el impuesto de valor añadido (I.V.A.) si procede (educación y salud no están sujetos al IVA).
Seguridad Social:
  • Corresponde controlar las condiciones en las que se desarrolla la actividad empresarial y proteger al personal de la empresa en el ámbito social y de la seguridad.
  • Los trámites más importantes son:
  • Inscripción de la empresa.
  • Afiliación y alta de los trabajadores.
  • Libro de visitas.
  • Apertura de centro de trabajo.
Ministerios y otras instituciones:
  • Ministerio de Industria y Energía: para el registro de actividades industriales, carné y certificados técnicos (gas, electricidad…).
  • Registro Propiedad Industrial: para solicitar la protección de patentes y marcas.
Notaría:
  • El notario, que es un profesional libre de derecho, que pertenece al Ministerio de Justicia y está organizado por colegios que les apoyan en su función y la controlan. Ejercen una función pública en cuanto que están investidos de la facultad de dar fe y autentificar los actos en los que intervienen, garantizando a los particulares la seguridad en las transacciones.
  • El trámite más importante en la creación de empresa es el de elevar a escritura pública el contrato de sociedad (o acuerdos de los socios) y las asignaciones de poderes en la empresa.
Registro Mercantil:
  • Oficina pública a la que puede accederse libremente para solicitar hechos o actos de cualquier empresa (escrituras, estatutos, acuerdos, cambio domicilio, cuentas anuales, legalización libros contables…) mediante:
  • Certificación, copia simple o nota informativa, consulta del BORME.
  • Se compone de las siguientes Sedes:
  • Registro central sito en Madrid, encargado de editar el boletín oficial del registro mercantil (BORME) y donde se solicita la certificación negativa del nombre.
  • Registro en cada provincia, donde cada empresa solicita su número de inscripción que debe constar en toda la documentación de empresa.

Trámites constitución empresa:

  1. Trámites para adoptar la personalidad jurídica.
  2. Trámites para la puesta en marcha.
  3. Trámites para el registro mercantil.
  4. Otros trámites específicos de la actividad.

Trámites para constitución de persona física:

  • No se requiere ningún trámite específico, salvo: presentar el NIF de los promotores, un contrato público o privado de constitución (preferible ante notario), abonar en la delegación de hacienda (consejería de hacienda de la comunidad autónoma) el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (ITP y AJD).

Trámites de constitución de sociedad:

  • En el registro mercantil (de cooperativas o laborales, si procede): solicitud de la certificación negativa del nombre y registro de actos y hechos empresariales.
  • En el Ministerio de Trabajo (Dirección General de Cooperativas y Sociedades Laborales – para ámbito nacional o interprovincial – o Dirección Provincial de Trabajo – para ámbito provincial): calificación de la sociedad como cooperativa o laboral.
  • En notaría: escritura pública de la sociedad.
  • En delegación de hacienda: liquidación del ITP y AJD y solicitud del código identificación fiscal (CIF).

Trámites puesta en marcha en la Hacienda Pública (AEAT):

  • Alta en el impuesto de actividades económicas (I.A.E.).
  • Declaración censal: inicio de actividad.
  • Libros de hacienda a efectos del impuesto de valor añadido (IVA):
  • En el régimen general: libro de facturas recibidas, facturas emitidas y bienes de inversión.
  • En el régimen simplificado: libro de facturas recibidas.
  • Libros de hacienda a efectos del impuesto de renta de las personas físicas (IRPF) (SOLO PARA EMPRESARIOS INDIVIDUALES).

Trámites de puesta en marcha en el Ayuntamiento:

  • Gerencia de Urbanismo (licencia de obras).
  • Área de Medio Ambiente o similar (licencia de apertura actividades e instalaciones, licencia de ocupación, cambio de titularidad del negocio, cambio de actividad).

Trámites puesta en marcha en el Registro Mercantil:

  • Certificación negativa del nombre (instancia oficial).
  • Legalización de libros que exige el código de comercio.
  • Depósito y publicidad de las cuentas anuales y documentos complementarios.
  • Nombramiento de expertos independientes.
  • Nombramiento de los auditores de cuentas (en su caso).

Trámites de puesta en marcha en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales:

  • Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS): Inscripción de la empresa en la seguridad social, alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, afiliación y alta de los trabajadores en el régimen general de seguridad social.
  • Dirección Provincial de Trabajo y Seguridad Social: comunicación apertura centro de trabajo.
  • Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social: diligenciado de libros de visita (comunicación y adquisición de libros).

Ayudas y subvenciones de la Unión Europea.

  • COMUNITARIAS: Euro Info Centres (EIC): Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA) (informan y asesoran a las pequeñas y medianas empresas (PYMES)). Confederación Española de Organizaciones Empresariales. Cámara de Comercio e Industria.

Ayudas y subvenciones del Estado:

  • ESTATALES: en la Ley de Acompañamiento a los Presupuestos Generales del Estado.
  • AUTONÓMICAS: Instituto de Fomento de Andalucía: inversiones en activos fijos (maquinarias), modernización empresarial, convenio comunidad autónoma y entidades financieras (subvención tipo de interés).
  • LOCALES: Diputaciones, Cabildos Insulares y Ayuntamientos: ayudas financieras, técnicas y en formación.
  • INSTITUCIONALES: Cámaras de Comercio, Industria y Navegación.

Fuentes de financiación:

  • La financiación es una forma en que las empresas obtienen los recursos monetarios que necesitan para el desarrollo de su actividad.
  • Los recursos o la financiación pueden ser: propios o ajenos (créditos de financiamiento, créditos de funcionamiento).

Financiación propia:

  • Recursos que son propiedad de la empresa:
  • Capital social o aportación inicial de los socios (o ampliaciones posteriores).
  • Autofinanciación o dinero generado por la empresa en forma de beneficios y que destina a los fondos de reserva obligatoria y voluntarias.

Financiación ajena a largo plazo:

  • Son los créditos de financiamiento o recursos que pide la empresa para su creación (o ampliación del negocio) y que devolverá a las entidades que se lo conceden en un plazo largo de tiempo (superior a un año). Adoptan la forma de:
  • Préstamos y créditos de entidades financieras (con coste financiero: intereses).
  • Subvenciones de organismos públicos (sin coste financiero).

Financiación ajena a corto plazo:

  • Son los créditos de funcionamiento o recursos que pide la empresa para el desarrollo de su actividad y que devolverá a las entidades que se lo conceden en un plazo corto de tiempo (periodo inferior al año). Adoptan la forma de:
  • Créditos de proveedores y acreedores (créditos comerciales: espontáneos y sin coste financiero).
  • Préstamos, cuentas de crédito y descuento de efectos (a corto plazo y con coste financiero).

Préstamos:

  • Dinero (principal o capital) que entrega una entidad financiera (banco, caja de ahorro o cooperativa de crédito) a un empresario y que este se compromete a devolver, mediante anualidades o mensualidades junto con unos intereses y comisiones calculados sobre el total del capital prestado y en la fecha acordada, denominada vencimiento.
  • Garantías del préstamo:
  • REAL: sobre hipoteca (bien inmueble) o prenda (bien mueble).
  • PERSONAL: sobre el patrimonio de la persona o avalista.

Cuenta de crédito:

  • Límite de dinero que la entidad bancaria pone a disposición del empresario para su uso, a cambio de unas comisiones (apertura, estudio, exceso, disponibilidad, corretaje) e intereses calculados sobre las cantidades dispuestas, obligándose el empresario a devolver tanto el principal del préstamo como los intereses devengados, en el plazo que se haya estipulado.

Descuento de efectos:

  • Una entidad financiera adelanta a la empresa un importe de unos efectos o letras de cambio con vencimiento en fechas posteriores, entregando a cambio un efectivo, rebajado con el importe de intereses de descuento y comisiones de la operación.

Si al vencimiento, el efecto no fuese pagado por el deudor, el banco se lo devuelve a la empresa, descontándole de su cuenta corriente tanto el importe del efecto como los gastos de devolución que se ocasionen.

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